Cuota aproximada: 98 €.
El impuesto de sucesiones cambia mucho entre comunidades: una misma herencia puede costar casi cero euros o decenas de miles según la normativa aplicable.
Metodología y ejemplos
El cálculo parte de lo que recibe cada heredero, no del valor total de la herencia. La comunidad aplicable suele ser aquella en la que residió el fallecido durante más tiempo en los cinco años anteriores.
La autoliquidación se presenta, con carácter general, en los seis meses siguientes al fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses.
La residencia del heredero no determina por sí sola la normativa territorial.
Cuota aproximada: 98 €.
Cuota aproximada: 10.350 €.
Andalucía: 0 € · Madrid: 1.060 € · Cataluña: 27.930 €.
La herramienta cubre el Grupo II y supone un patrimonio previo inferior a 402.678 €. No modela menores de 21 años, discapacidad, empresa familiar, seguros de vida, usufructos, acumulación de donaciones ni todos los supuestos de no residentes.
En la mayoría de comunidades, casi nada: por las reducciones y bonificaciones autonómicas, heredar 500.000 € cuesta 0 € en Andalucía, Aragón, Baleares, Cantabria o Galicia, y unos 1.060 € en Madrid. Las excepciones: Asturias (~31.600 € o más), Cataluña (~27.900 €) y Castilla-La Mancha (~21.200 €).
Depende de la comunidad: Navarra deja exentos los primeros 250.000 € para cónyuge e hijos, el País Vasco 400.000 € por heredero, y Galicia o Andalucía aplican reducciones de 1.000.000 € para hijos.
Sí: su valor se reduce un 95 %, con un máximo de 122.606 € por heredero, a cambio de mantenerla varios años según la comunidad.
| Comunidad | Impuesto aproximado |
|---|---|
| Andalucía, Aragón, Illes Balears, Cantabria, Galicia | 0 € |
| Canarias | ≈ 100 € |
| Castilla y León | ≈ 120 € |
| Comunitat Valenciana | ≈ 810 € |
| Madrid, Murcia, La Rioja, Extremadura | ≈ 1.060 € |
| País Vasco | 1.500 € |
| Navarra | 5.000 € |
| Castilla-La Mancha | ≈ 21.200 € |
| Catalunya | ≈ 27.900 € |
| Asturias | ≈ 31.600 € o más |