Con 700.000 € de mínimo exento y la vivienda habitual libre hasta 300.000 €, la mayoría no paga nada. La calculadora diferencia Madrid, Andalucía y Galicia y usa la escala estatal como referencia para el resto.
El punto de partida es el patrimonio neto: valor de bienes y derechos menos deudas deducibles. La vivienda habitual no desaparece del cálculo por completo; queda exenta hasta el límite indicado. Después se aplica el mínimo personal y la escala correspondiente.
Cuota cero y obligación de declarar no son lo mismo. Debe presentarse el modelo 714 si los bienes y derechos brutos superan 2 millones de euros, aunque las exenciones o bonificaciones eliminen el pago.
Esta versión modela de forma diferenciada Madrid, Andalucía y Galicia, y usa la escala estatal como referencia para el resto. Si tu comunidad tiene mínimo o tarifa propia, o existen participaciones en empresa familiar, usufructos o bienes en el extranjero, comprueba la norma autonómica antes de utilizar la cifra.
Metodología y ejemplos
El punto de partida es el patrimonio neto individual: bienes y derechos menos las deudas deducibles. Después se aplican las exenciones, el mínimo y la escala correspondiente.
Vivienda habitual exenta hasta 300.000 €, mínimo general de 700.000 €, escala progresiva y bonificación autonómica.
Puede ser obligatorio presentar el modelo 714 cuando los bienes y derechos brutos superan 2 millones, aunque la cuota sea cero. El impuesto es individual.
1.000.000 € con vivienda de 300.000 €: 0 €. · 1.500.000 € con escala estatal: ≈ 1.664 €. · 4.500.000 € en Madrid: ≈ 8.500 € de ITSGF.